Se prohÃbe el uso de algunas substancias antibacteriales

Lo hizo la ANMAT mediante la Disposición N°13832/2016 publicada ayer en el BoletÃn Oficial
Buenos Aires-(Nomyc)-Los productos antibacteriales alcanzados por esta normativa incluyen jabones lÃquidos, jabones en barra, espumas, geles y todo producto que se aplique tanto en manos como en cuerpo, diseñado para usarse con agua y enjuague posterior.
Al mismo tiempo, la norma establece que la sustancia triclosán sólo podrá utilizarse en Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes bajo las condiciones y restricciones de uso que se detallan en el Anexo II.
La Disposición 13832/16 entrará en vigencia a partir del 27 de diciembre de 2016 y fija un plazo de 24 meses para que las empresas titulares, fabricantes e importadoras de los productos alcanzados procedan con las adecuaciones necesarias. Para ello, deberán iniciar ante la ANMAT un trámite de modificación de fórmula cosmética y rótulo de conformidad con la Resolución del ex MS y AS N° 155/98 y disposiciones complementarias.
La necesidad de regular los productos para el lavado de manos y la higiene corporal que contienen antisépticos y desinfectantes, ya habÃa sido mencionada por la ANMAT en un artÃculo publicado durante el mes de octubre. Allà se explica que el uso prolongado de estos productos puede generar resistencia bacteriana y alteraciones hormonales.
La lista de sustancias prohibidas, que figura como Anexo I de la disposición mencionada es la siguiente Substancias
- Clofucarban ( Clofucarban)
- Fluorosalan ( Fluorosalan)
- Hexilresorcinol (Hexylresorinol )
- AmilTricresoles Secundarios
- Cloruro de metilbencetonio (Methylbenzethonium Chloride)
- Oxicloroseno de Sodio
- 3,4,4´ triclorocrbanllida (Tricocarban)
- Tricloro -2,2,2´ hdroxi -2´ difenileter ( Triclosan)
Nomyc-27-12-16