Especialistas del CONICET recomiendan disminuir el consumo de Azúcar

Explican el impacto que tiene en la salud y analizan la legislación vigente y el diseño de políticas impositivas

 Buenos Aires-(Nomyc)-El consumo excesivo de azúcar es uno de los determinantes de la epidemia de obesidad que afecta al mundo, la cual trae como consecuencia diabetes e hipertensión arterial y a su vez, estas dos últimas producen enfermedades cardiovasculares como infartos y accidentes cerebrovasculares (ACV) e insuficiencia renal crónica y sobre esto, Raúl Mejía, Investigador del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES), Unidad Asociada del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), explica que “estas son las primerascausas de mortalidad en el mundo y afectan a personas jóvenes y en edad productiva”.

Mejía es Investigador en Salud del Consejo, a la espera de su designación y es Director de Investigación para la Salud de la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización del Ministerio de Salud y Desarrollos Social de la Nación.

Dado que el consumo en exceso de alimentos y bebidas con azúcar agregada es perjudicial para la salud, se le consultó al médico especialista sobre los beneficios del edulcorante, para el cual es una mejor opción dado que aporta menos calorías.

“Sin embargo, los estudios realizados sin financiación de la industria de la alimentación han demostrado que el uso de estos no se asocia con una reducción significativa del peso” comenta Mejía.

“Hay diferentes hipótesis que explicarían esto: una dice que al consumir edulcorantes el paladar se acostumbra a alimentos muy dulces y después acepta otros alimentos con muchas calorías provenientes de azúcares naturales y habría estudios que muestran que al consumir edulcorantes el organismo tiende a almacenar energía y esto disminuye el descenso de peso que trae aparejado” continúa el investigador del CONICET.

Mejía hace hincapié en que en su opinión “no se debería favorecer el uso de edulcorantes como reemplazo de las bebidas azucaradas”.

A su vez, relata que nuestro país es el primer consumidor mundial de bebidas azucaradas (gaseosas) y su consumo alcanza los 130 litros por persona por año aproximadamente.

“Existe una clara relación entre el consumo de bebidas azucaradas y alimentos procesados y la epidemia de obesidad infantil”, concluye el especialista.

Análisis de la normativa actual                                                                                                                                                                  Según el informe “B.A.S.T.A – Bebidas Azucaradas, Salud y Tarifas en Argentina” elaborado por el CEDES, en pos de garantizar el derecho a una alimentación adecuada –consagrado en numerosos tratados internacionales de derechos humanos- lo correcto sería formular políticas públicas que disminuyan el consumo de bebidas azucaradas en nuestro país, es decir, más que reemplazarlas por bebidas con edulcorantes, lo ideal sería tomar medidas para desincentivar la compra de alimentos no saludables.

En el informe, la Abogada Paola Bergallo –Investigadora Adjunta del CONICET y Profesora Asociada en la Escuela de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella– analiza la actual normativa que se emplea en el mundo en general y en América Latina en particular para reducir el consumo de bebidas azucaradas.

“Descubrimos que se están realizando ambiciosos esfuerzos en la región para combatir la obesidad y en particular, restringir la ingesta de bebidas azucaradas y Argentina se encuentra comparativamente retrasada con respecto a estas iniciativas”, sostiene la doctora en derecho.

La Ley Nº 26.396 “Ley de Obesidad” no prohíbe a los quioscos y bares de los establecimientos educativos la venta de ningún producto; sólo establece que deben incluir alimentos saludables en su oferta.

Si bien la ley intentó regular la publicidad de alimentos y bebidas poco saludables, incluyendo mensajes de advertencia sobre los riesgos que su consumo pueden producir para la salud, esta disposición fue vetada por el Poder Ejecutivo y tampoco existen políticas impositivas de etiquetado frontal en el país.

La ley sigue, en la mayoría de sus artículos, sin haber sido reglamentada lo que dificulta su correcta implementación.

“El aumento de la obesidad en Argentina y en la región es alarmante (…). Por ende, resulta imperioso el diseño de nuevas y novedosas políticas públicas para proteger a la población”, y agrega que “la creación de impuestos a las bebidas azucaradas y otros alimentos no saludables se presenta, en este contexto, como una de las alternativas jurídicamente disponibles para la intervención en Estados comprometidos con la integración del derecho a la alimentación y a la salud desde un enfoque de derechos humanos.

Patrones de consumo                                                                                                                                                                                      El doctor en Economía Daniel Maceira -Investigador Independiente del CONICET en el CEDES- también participó en la elaboración del Informe B.A.S.T.A. Junto al equipo de investigación en Economía de la Salud de dicho Centro, estudió los patrones de consumo de bebidas azucaradas en los hogares argentinos y cómo un aumento de los precios en estos productos -por la implementación de políticas de impuestos- podría producir un cambio de conducta.

“La elasticidad precio de la demanda constituye un instrumento valioso para establecer la potencial efectividad de un impuesto a las bebidas azucaradas, en términos de su incidencia potencial en la reducción de las enfermedades vinculadas a la ingesta de azúcar”, explica.

Pero si bien las políticas impositivas son un mecanismo para reducir o anular el consumo, éste también se ve asociado “con factores tales como la lealtad al producto por parte de los usuarios, que genera acostumbramiento en sus patrones de compra, las alternativas de consumo existentes, la capacidad de comprender los efectos negativos del consumo de estos productos sobre la salud y el nivel de ingreso de las familias” continúa Maceira.

En términos económicos, si aumenta el precio de un bien, se puede generar una disminución en la demanda en dos sentidos: si la caída es menos que proporcional en relación a la suba del precio, es decir la demanda poco sensible al precio o inelástica o más que proporcional, es decir, la demanda muy sensible al precio o elástica.

Los resultados sugieren un impacto moderado ante una eventual política de impuestos: “Se observa que la elasticidad precio de la demanda de bebidas gaseosas es de -1.12, marginalmente menos sensible que lo evidenciado para el caso de Estado Unidos, y similar a lo hallado en México”.

“Ello implica que ante un aumento del 10% en el precio de dichos productos, su demanda cae en un 11.2%. Es relativamente mayor la compra de aguas minerales ante un aumento en el precio de las gaseosas. Ante un aumento del 10% del ingreso familiar la demanda por este tipo de bebidas se incrementa también un 10 por ciento”.

El investigador reconoce que hay una mayor disponibilidad de bebidas con menor contenido en azúcar y bajas calorías, lo que muestra un avance hacia hábitos más saludables, pero sin embargo, una conocida marca de gaseosa cola posee sus mayores niveles de venta con su versión tradicional con azúcar con un 23 por ciento sobre el total, mientras las ediciones light y cero azúcares representan cerca del 2 por ciento de las ventas cada una.

“La definición de una hoja de ruta en materia de cuidado de la salud y nutrición debe descansar no sólo en el espacio regulatorio sobre calidad de alimentos, o en la definición de impuestos o subsidios como herramienta excluyente para enviar señales a los consumidores sobre comportamientos saludables, sino en una perspectiva comprehensiva que las incluya” concluye Maceira.

Más información: Paper publicado en PLOS ONE “Regulatory initiatives to reduce sugar-sweetened beverages (SSBs) in Latin America”

Nomyc-7-2-19

 

 

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