A no más de 500 metros y ordenadas por DNI: asà serán las salidas para personas con discapacidad
La reglamentación de la medida fue publicada este lunes en el BoletÃn Oficial.
Buenos Aires-(Nomyc)-Quienes hagan uso de la nueva excepción no podrán presentar sÃntomas compatibles con el coronavirus y si lo necesitan, podrán ir junto a un acompañante y luego de que el presidente Alberto Fernández adelantara el último viernes que el Gobierno nacional analizaba permitir la salida de sus domicilios a personas con discapacidad en el marco de la emergencia sanitaria, la medida fue reglamentada y publicada, hoy, en el BoletÃn Oficial.
Según detalló la Agencia Nacional de Discapacidad a través de la Resolución 77/2020, podrán hacer uso de esta nueva excepción quienes no presenten sÃntomas compatibles con Covid-19 ni se encuentren comprendidos en lsa siguientes circunstancias: Â
- Tener enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quÃstica y asma moderado o severo.
- Tener enfermedades cardÃacas, insuficiencia cardÃaca, enfermedad coronaria, valvulopatÃas y cardiopatÃas congénitas
- Tengan inmunodeficiencias.
- Tener diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
- Personas embarazadas.
- Toda otra circunstancia que la autoridad sanitaria defina en el futuro.
- Ser mayor de 60 años.
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