Mejora en el financiamiento de las obras sociales para garantizar la cobertura efectiva de los beneficiarios de la seguridad social

A través del Decreto 554/18 se apunta a mejorar la calidad de las prestaciones de salud y consolidar la equidad del sistema de seguridad social. Además amplía los recursos para el SUMA 70 que ahora abarcará a los jubilados mayores de 65 años afiliados de obras sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud

Buenos Aires-(Nomyc)-En el marco de los lineamientos trazados por el Gobierno Nacional en materia de salud a través del Decreto 554/18 publicado hoy en el Boletín Oficial, se modifica la distribución automática del Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA), a partir del aumento y redistribución de los recursos destinados a fortalecer el financiamiento de las obras sociales, para mejorar la calidad de las prestaciones y garantizar la cobertura de los beneficiarios de la seguridad social.

Con el objetivo de consolidar los principios de solidaridad y equidad del Sistema Nacional del Seguro de Salud, esta nueva medida crea un Programa de Asistencia Financiera para el Fortalecimiento Institucional y Mejoramiento de la Calidad Prestacional de los Agentes del Seguro de Salud, cuyos recursos se destinarán a programas de prevención; de mejora de sistemas de información; reconversión, fusión o federación de estas entidades o desarrollo de iniciativas enfocadas a la atención primaria de la salud, la salud familiar y la calidad de los servicios. El financiamiento de este programa se realizará a través del Fondo de Emergencia y Asistencia (Decreto 908/2016 Cobertura Universal de Salud – cuatro mil quinientos millones -$ 4.500.000.000-)

Asimismo, los intereses resultantes de la inversión a plazo fijo del Fondo de Emergencia y Asistencia contribuirán a la financiación de las prestaciones médicas de baja incidencia, alto impacto económico y las de tratamiento prolongado, a través del Sistema Único de Reintegros (S.U.R.).

Además esta nueva medida promueve mayor eficiencia y racionalidad en la utilización de los recursos del Fondo Solidario de Redistribución (FSR) por parte de los Agentes del Seguro de Salud. Garantiza la continuidad de cobertura para las prestaciones médico asistenciales previstas en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad y aumenta los recursos para el financiamiento de las prestaciones para patologías de baja incidencia y alto costo presentadas por las Obras Sociales a través del Sistema Único de Reintegros (S.U.R).

Además, el decreto también estipula el incremento de los recursos del subsidio SUMA 70, ya que amplía su asignación para los jubilados mayores de 65 años afiliados de obras sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud, a través del nuevo SUMA 65 que entrará en vigencia.    Nomyc-18-6-18                

 

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